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El Supremo respalda la pérdida de legitimación del promotor vendedor

13/09/2026

El Supremo confirma la pérdida de legitimación del promotor frente al seguro decenal

El Pleno del Tribunal Supremo confirma la pérdida de legitimación del promotor para reclamar al seguro decenal una vez vendida la vivienda. La acción pasa entonces al comprador.

Las claves del caso sobre la pérdida de legitimación del promotor

Construcciones Roberto F. Obaya, S.L. vendió en 2008 una vivienda en Gijón asegurada con ASEFA S.A. bajo un seguro decenal de daños.

Tras aparecer grietas, la promotora fue condenada a indemnizar al comprador con 26.711,30 euros. Al reclamar ese importe a la aseguradora, la Audiencia Provincial de Asturias apreció su falta de legitimación.

El Tribunal explica que la transmisión del seguro decenal es una cesión legal automática. Desde la venta, la condición de asegurado corresponde al nuevo propietario del inmueble.

El origen: una póliza suscrita en 2006

La promotora suscribió el seguro decenal en diciembre de 2006, con una cobertura de diez años sobre la vivienda unifamiliar. La vendió a un particular en marzo de 2008.

En 2013 aparecieron diversas grietas en el inmueble. El comprador demandó a la promotora en 2015, reclamando la reparación de los defectos estructurales.

El recorrido judicial hasta la pérdida de legitimación del promotor

La sentencia de 2016 condenó a Construcciones, condena luego sustituida por una indemnización. La promotora reclamó después ese importe a ASEFA, sin éxito ante la Audiencia.

Contra esa resolución, interpuso recurso de casación y recurso extraordinario por infracción procesal ante el Tribunal Supremo, avocado al Pleno por su relevancia general.

El fundamento de la decisión

La Sala recuerda que el seguro decenal se contrata «por cuenta de quien corresponda» en cada momento. La cesión de la posición del asegurado opera, además, «ope legis».

Añade que reconocer legitimación al promotor, cuando la aseguradora podría después repetir contra él, carecería de sentido. Por ello confirma la pérdida de legitimación del promotor tras la venta.

El fallo final

El Pleno de la Sala de lo Civil desestima ambos recursos de la promotora. Confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Asturias e impone las costas de los recursos a la parte recurrente.